Requisito 1: Plantilla de 10 a 249 empleados
Tu empresa debe tener entre 10 y menos de 250 trabajadores. Se calcula sobre la plantilla media de los últimos 12 meses según datos de la Seguridad Social. Este es el requisito que más confusión genera: las empresas con 9 empleados o menos (autónomos, microempresas) no pueden acceder al Kit Consulting, aunque sí al solicitar el Kit Digital. Si estás en el límite, verifica el dato exacto con tu asesoría laboral antes de solicitar.
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Requisito 2: Domicilio fiscal en España
La empresa debe tener su domicilio fiscal en territorio español. Este requisito se acredita automáticamente con los datos fiscales de la AEAT. Las sucursales de empresas extranjeras con NIF español pueden ser elegibles si cumplen los demás requisitos.
Requisito 3: Inscripción en el Censo de empresarios
La empresa debe estar dada de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Tributaria y tener actividad económica efectiva. No basta con estar inscrita: debe haber actividad real y demostrable.
Requisito 4: Al corriente con Hacienda y Seguridad Social
No puedes tener deudas con la Agencia Tributaria ni con la Tesorería General de la Seguridad Social. Si tienes alguna deuda pendiente, resuélvela antes de solicitar. Los certificados de estar al corriente se obtienen telemáticamente y se verifican automáticamente durante el proceso.
Requisito 5: No ser empresa en crisis
Tu empresa no puede tener la consideración de empresa en crisis según el artículo 2.18 del Reglamento UE 651/2014. Esto incluye empresas en concurso de acreedores, con pérdidas superiores a la mitad del capital social, o que hayan recibido ayudas de salvamento no reembolsadas.
Requisito 6: Límite de minimis
La ayuda del Kit Consulting se rige por el Reglamento UE 2023/2831 de ayudas de minimis. La suma de todas las ayudas de minimis recibidas en los últimos tres años no puede superar los umbrales establecidos. Consulta con tu asesor fiscal para verificar que no superas el límite antes de solicitar.
Requisitos adicionales
No pueden ser beneficiarios las Uniones Temporales de Empresas (UTEs) ni las empresas participadas mayoritariamente por capital público. Tampoco pueden ser beneficiarios y asesores digitales simultáneamente en el mismo servicio. La empresa debe disponer de certificado digital del representante legal para la firma electrónica de la solicitud.
Preguntas frecuentes
¿Una cooperativa puede solicitar el Kit Consulting?
Sí, siempre que cumpla los requisitos de ser PYME con entre 10 y 249 empleados y el resto de condiciones establecidas en las bases.
¿Si tengo 10 empleados pero uno es a tiempo parcial, cuento como 10?
El cálculo se basa en la plantilla media según datos de la Seguridad Social, que contabiliza los trabajadores en Unidades de Trabajo Año. Los empleados a tiempo parcial pueden no computar como unidades completas.
¿Puedo solicitar si tengo una deuda aplazada con Hacienda?
Si la deuda está formalmente aplazada y estás al corriente en los pagos del aplazamiento, generalmente se considera que estás al corriente de obligaciones. Verifica con tu asesor fiscal.
Preguntas frecuentes.
¿Una cooperativa puede solicitar el Kit Consulting?
Sí, siempre que cumpla los requisitos de ser PYME con entre 10 y 249 empleados y el resto de condiciones establecidas en las bases.
¿Si tengo 10 empleados pero uno es a tiempo parcial, cuento como 10?
El cálculo se basa en la plantilla media según datos de la Seguridad Social, que contabiliza los trabajadores en Unidades de Trabajo Año. Los empleados a tiempo parcial pueden no computar como unidades completas.
¿Puedo solicitar si tengo una deuda aplazada con Hacienda?
Si la deuda está formalmente aplazada y estás al corriente en los pagos del aplazamiento, generalmente se considera que estás al corriente de obligaciones. Verifica con tu asesor fiscal.
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