Respuesta corta: lo único con plazo publicado es la factura electrónica entre empresas, con plazos que corren desde el 6 de octubre de 2026. Para Verifactu hay un anuncio de Hacienda, que prevé llevarlo hacia ella en octubre de 2028, sin día exacto y sin norma todavía. Si instalaste un programa de facturación con el bono del Kit Digital, de momento no tienes que tocar nada. Sí te conviene saber qué te prometió tu proveedor y dejarlo por escrito.
Con plazo publicado: la factura electrónica entre empresas
El Real Decreto 238/2026 regula la factura electrónica B2B, y su disposición final cuarta cuenta los plazos desde la entrada en vigor de la orden de la solución pública: 12 meses para quien supere los 8 millones de euros de volumen de operaciones y 24 para el resto. Esa orden es la Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, publicada en el BOE del 5 y en vigor desde el 6, cuya disposición final única dice que entra en vigor «dándose inicio al cómputo de los plazos» de ese real decreto. Contando desde el 6 de octubre de 2026 salen octubre de 2027 para quien superó 8 millones de volumen de operaciones y octubre de 2028 para las demás; los días exactos son un cálculo nuestro, y la prensa maneja los mismos meses. Es también el mes que Hacienda apunta para Verifactu.
Esto deja desfasada una parte de lo que publicamos hace semanas, cuando esa orden aún era un proyecto. El detalle está en nuestra guía de plazos del RD 238/2026 y en el análisis de la solución pública.
Qué ha anunciado Hacienda para Verifactu
Según cuenta la prensa de la nota informativa del Ministerio, Hacienda busca que los calendarios de la factura electrónica y del reglamento de Verifactu (Real Decreto 1007/2023) vayan de la mano, y acercar sus ámbitos y algunos aspectos técnicos, también por la directiva europea ViDA. Es una convergencia anunciada: todavía no hay norma publicada en el BOE ni un día concreto, y lo hemos vuelto a comprobar hoy, 6 de octubre. La sede de la Agencia Tributaria sigue mostrando las fechas del Real Decreto-ley 15/2025: 1 de enero de 2027 para los obligados al Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto, y esas son las vigentes hasta que salga el cambio.
Sobre el papel sería el tercer cambio de fecha, después del Real Decreto 254/2025 y del Real Decreto-ley 15/2025. Lo explicamos en nuestro calendario real de Verifactu, que queda desfasado con este anuncio. Quien te asegure ya el «1 de octubre de 2028» se está adelantando. El análisis desde el lado del ERP lo tienes en Summum Sistemas.
Si instalaste factura electrónica con el Kit Digital
¿Se puede seguir pidiendo el bono?
La Orden TDF/39/2026, de 26 de enero, prolonga el programa hasta agotar los fondos («hasta el agotamiento total de los fondos») y obligó a Red.es a reinvertir remanentes y a formular nuevas propuestas de resolución a quienes se quedaron sin crédito. La nueva convocatoria está pendiente de publicación por Red.es. Apúntate a la próxima convocatoria. Para tu caso, mira la página sobre el estado del Kit Digital en 2026.
Si ya tienes un bono concedido, el calendario de ejecución y justificación es el de tu acuerdo con el agente digitalizador y el de la sede de Red.es. No hemos encontrado una fecha general publicada para todos los casos, así que no te damos ninguna: búscala en tu documentación.
¿Vale el software del Kit Digital para Verifactu?
Que el bono financie un programa no significa que Hacienda lo haya homologado para Verifactu ni para la factura B2B. Son tres obligaciones distintas:
- Verifactu (RD 1007/2023): afecta a cómo se genera y se conserva cada factura. Para los fabricantes, la disposición final cuarta da nueve meses desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1177/2024, que fue el 29 de octubre de 2024; por nuestro cálculo, hasta finales de julio de 2025. El anuncio del 5 de octubre habla de la obligación de los usuarios y no dice si cambia algo para los fabricantes: habrá que esperar al texto.
- Factura electrónica B2B (RD 238/2026): exige un mensaje estructurado en el modelo EN16931 con una de estas sintaxis: CII, UBL, EDIFACT o Facturae. Quien use la solución pública emite en UBL (artículo 3.1 de la Orden HAC/1028/2026). Quien no la use, es decir, quien factura con su programa o una plataforma privada, debe además remitir a la solución pública, a la vez que emite, una copia fiel de cada factura en UBL (artículo 4.1 y preámbulo de la orden). Un programa que solo emita Facturae sirve para el sector público y para plataformas privadas, pero no cubre esa copia.
- Facturae y FACe frente a la administración: otra obligación, anterior y distinta.
Un programa puede cumplir una de las tres y no las otras. Por eso la pregunta útil no es «¿es del Kit Digital?», sino «¿qué sintaxis emite y qué modalidad de Verifactu usa?».
Qué pedir a tu agente digitalizador o a tu proveedor
Con el aplazamiento de Verifactu anunciado hay menos urgencia por cambiar, pero la factura electrónica ya tiene plazos y conviene saber en qué situación estás. Pide por escrito:
- Qué programa tienes instalado y en qué versión, si esa versión tiene declaración responsable y a qué versión se aplica.
- Si trabaja en modalidad Verifactu o en modalidad no Verifactu, y si puede pasar de una a otra.
- Qué sintaxis EN16931 emite (UBL, CII, Facturae), si enviará la copia fiel en UBL a la solución pública y si prevé comunicar los estados de la factura, que el RD 238/2026 exige.
- Si las actualizaciones de normativa van en la cuota o en el mantenimiento, o se cobran aparte.
- Hasta cuándo llega el soporte que figura en tu acuerdo de prestación de la solución.
Si estás pensando en cambiar de programa, no lo hagas solo por este aviso: la fecha puede moverse otra vez hasta que se publique la norma. De programas concretos ya hemos escrito sobre FacturaPlus y ContaPlus.
Qué conviene hacer ahora
La factura electrónica da un margen de uno a dos años según tu volumen de operaciones (doce meses si superaste 8 millones el año anterior, veinticuatro si no); para Verifactu, mientras no salga la norma, siguen las fechas de 2027. Tiene sentido elegir una sola vez un programa que cubra la factura electrónica y Verifactu, en lugar de pagar dos adaptaciones. Eso sí, el software que se vende hoy ya debería venir preparado.
Revisa tu documentación, anota lo que te conteste tu proveedor y vuelve a mirar cuando el cambio aparezca en el BOE. Si quieres que veamos con qué programa facturas y qué te falta, cuéntanos tu caso y empezamos por una revisión breve.
Qué nos preguntan sobre el Kit Digital y la facturación
En los tres meses hasta el 3 de octubre de 2026, Search Console de summummarketing.es registró pocas consultas sobre este tema y ningún clic, así que lo leemos como orientación, no como tendencia. Las que juntan Kit Digital y facturación son las más repetidas: «kit digital verifactu» (103 impresiones), «kit digital factura electronica» (86) y «verifactu kit digital» (35). En total, 14 consultas distintas sobre Kit Digital suman 299 impresiones. Salen también programas concretos, como «facturaplus verifactu» (10) o «factusol factura electronica» (5), y una pregunta que este artículo intenta contestar: «¿cuál es la fecha definitiva de verifactu tras el aplazamiento?» (6). A fecha de hoy no hay fecha definitiva de Verifactu: hay un anuncio para octubre de 2028 y una norma por publicar.
Fuentes
- Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo (BOE núm. 79, de 31 de marzo de 2026): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2026-7295
- Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre (BOE núm. 247, de 5 de octubre de 2026): https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-20587
- Orden HAC/1177/2024 (BOE de 28 de octubre de 2024): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2024-22138
- Orden TDF/39/2026, de 26 de enero (BOE de 28 de enero de 2026): https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-2070
- Agencia Tributaria, nota informativa sobre la ampliación del plazo (RDL 15/2025): https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/sistemas-informaticos-facturacion-verifactu/nota-informativa-ampliacion-plazo-adaptacion-facturacion.html
- Prensa (eldiario.es, 5 de octubre de 2026), que recoge la nota de Hacienda; el enlace oficial a la nota está pendiente: https://www.eldiario.es/economia/gobierno-retrasa-entrada-vigor-verifactu-octubre-2028_1_13562620.html
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